Juez rechaza revocatoria de medidas cautelares de José María Leyes
- Publicado el miércoles, 4 de noviembre de 2020
Cochabamba, 4 de noviembre (TDJ Cbba).- Previa valoración y análisis de los fundamentos expuestos por las partes en audiencia, el Juez Anticorrupción y Violencia N° 2 de la capital Dr. Richard Rodríguez rechazó la solicitud de revocatoria de las medidas cautelares que fueron impuestas al Alcalde suspendido temporalmente José María Leyes, manteniéndose por tanto su detención domiciliaria con custodio policial, con derecho al trabajo, arraigo entre otras medidas. Concejales Municipales del Cercado presentaron la solicitud de revocatoria de las medidas impuestas al procesado José María Leyes, dentro el caso que se investiga por los presuntos delitos de Contratos lesivos al Estado, Uso Indebido de Influencias, Conducta Antieconómica e Incumpliendo de Deberes, más conocido como el caso comidas, porque no habría cumplido con las medidas impuestas el pasado mes de mayo, específicamente no habría presentado el certificado de arraigo, no tendría el arraigo natural de familia porque la misma estaría fuera del país, y tampoco contaría con actividad lícita porque estaría suspendido temporalmente del cargo de Alcalde, agregándose a ello el hecho de que habría destituido a 2 funcionarios que serían testigos en los casos mochilas 1 y 2, estos aspectos y otros, harían presumir que existiría riesgo de fuga, obstaculización entre otros. Los extremos expuestos por el abogado de los denunciantes, al igual que la fundamentación de representantes del Gobierno Municipal a las que se adhirió la representante de Transparencia y en ausencia del Ministerio Público, y la fundamentación del imputado y su abogado, fueron considerados por la Autoridad jurisdiccional quien en aplicación de las normas en actual vigencia, y previo análisis de todos los fundamentos expuestos y los elementos presentados en audiencia, determinó que no existe evidencia para dar curso a la pretensión planteada por las víctimas y denunciantes, manteniéndose por tanto las medidas cautelares impuestas el pasado mes de mayo, resolución que fue apelada por los denunciantes. Con carácter previo a instalar la audiencia sin embargo se resolvió la solicitud planteada por el abogado de José María Leyes, quien refería que los denunciantes no serian parte del proceso y por tanto no podrían solicitar la revocatoria y por tanto debería suspenderse la audiencia. Ante los extremos planteados y los fundamentos de expuestos por las partes, y previo el análisis de la norma, el Juez desestimó la objeción y la pretensión planteada con el argumento de que en casos de corrupción todos pueden constituirse en denunciantes y se deben combatir todos los actos de corrupción con su participación activa, porque en los delitos de corrupción, se debe proteger el patrimonio de todos los bolivianos. La presente resolución fue apelada por el abogado del imputado.
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