TDJ Cochabamba en receso por 11 días desde el 21 de diciembre
- Publicado el viernes, 20 de noviembre de 2020

Con el objetivo de cumplir con las metas de eficiencia y garantizar la atención a la población litigante las cuales fueron afectadas por la pandemia, Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba en Coordinación con la representación Distrital del Consejo de la Magistratura, Recursos Humanos y la Jefatura Administrativa y Financiera, acuerdan dejar sin efecto la programación de la vacación judicial Colectiva, y determinan el receso de 11 días calendario. El Acuerdo Plenario establece que el primer grupo ingresará en receso a partir del 21 y hasta el 31 de diciembre, y el segundo grupo a partir del 5 hasta el 15 de enero del año 2021. Los restantes 14 días, tomando en cuenta que los primeros 11 días solo es a cuenta de vacación, se hará efectivo hasta el 31 de julio de la gestión 2021 previa coordinación con la Unidad de Recursos Humanos. El Acuerdo Plenario 07/2020 emitido en cumplimiento de las disposiciones legales, entre otros aspectos colige, que la vacación judicial de los servidores judiciales es anual, colectiva y de 25 días calendario, y que es un derecho irrenunciable e imprescriptible, no es menos cierto sin embargo que la pandemia del COVID-19, determinó que las actividades judiciales no se desarrollen con normalidad, porque se determinaron suspensión de plazos judiciales, reducción del horario de la jornada laboral entre otros, y pese a que se realizaron esfuerzos para garantizar el servicio, no fueron suficientes. Motivo por el que, y estando frente a una situación excepcional, Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba y la Representación Distrital del Consejo de la Magistratura, asumió la decisión de disponer el receso de 11 días calendario y continuos a cuenta de vacación, difiriendo el saldo de 14 días para la gestión 2021. El periodo de receso implica también la suspensión de todo término procesal y se reanuda el primer día hábil del inicio de labores. Si bien el Acuerdo Plenario 07/2020 establece el receso, la Circular 08/2020 determina los turnos de los Vocales, Tribunales y Juzgados. El rol de turnos estará publicado en lugares visibles de las Salas, Tribunales y juzgados para conocimiento de la población litigante.
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