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CONCEJAL ES SENTENCIADA A 4 AÑOS DE PRISIÓN POR EL DELITO DE CONCUSIÓN

  • Publicado el miércoles, 5 de mayo de 2021
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Cochabamba, 05 de abril de 2021 (TDJ Cbba).- En audiencia de Juicio Oral la Juez de Sentencia N° 4, Dra. Norma Arnéz Arnez, dictó sentencia condenatoria contra la Concejal Municipal Ross Mary Llusco Canaviri, por el delito de concusión. De acuerdo a la fundamentación y las pruebas presentadas por las partes tanto documentales como testificales, durante el desarrollo de la audiencia de juicio oral, se conoció que la Concejal Ross Mary Llusco, desde que el querellante Wilder José Corzo Mamani ingresó a trabajar como sereno del Consejo Municipal del Municipio de Cochabamba, bajo el argumento de que sería un aporte para el partido (Demócratas), le habría cobrado de manera mensual la suma de Bs 200, además de haberse llevado consigo el subsidio de su pequeña hija por el periodo de 10 meses, manifestando que sería para el canastón. Ante tal situación la víctima decidió no pagar más la referida cuota extremo hecho conocer a la referida concejal, quien le habría reprochado esa situación, además de haberlo amenazado con hacerlo retirar del cargo, medida que se habría cumplido, y para este efecto le iniciaron un proceso administrativo por abandono. Por todos estos aspectos, además de la prueba documental y testifical, el Ministerio Público pidió sentencia condenatoria contra la referida Concejal Municipal dentro el proceso inicialmente investigado por los presuntos delitos de Extorsión, Concusión y Beneficio en razón del cargo para finalmente recalificar y acusar por el presunto delito de Concusión, por el que precisamente fue sentenciada a 4 años de prisión. El proceso iniciado a instancia del Ministerio Público y posterior querella de la víctima Wilder José Corzo Mamani en su etapa preliminar radicó en el Juzgado Anticorrupción y Violencia N° 1, y a la conclusión de esta etapa y la presentación de la Acusación, previo sorteo, radicó en el Juzgado de Sentencia N° 4, en septiembre del año 2020. El proceso se inició a instancia del Ministerio Público y posterior querella de Wilder José Corzo Mamani. La presente sentencia de acuerdo a procedimiento puede ser apelada por cualquiera de las partes del proceso.



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