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ALCALDE Y 2 FUNCIONARIOS ENVIADOS A LA CÁRCEL

  • Publicado el sábado, 5 de febrero de 2022
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José Nelson Gallinate Alcalde de Colcapirhua y los funcionarios Iván Ronald Padilla Torrez e Irene Josefina Totula García, imputados por presuntos delitos cometidos en la compra de antígenos nasales, por determinación del Juez cautelar, deberán guardar detención por 6 meses. El Alcalde fue imputado por los delitos de Negociaciones Incompatibles con el Ejercicio de Funciones Públicas, Conducta Antieconómica e Incumplimiento de Deberes, en tanto que Iván Ronald Padilla Torrez Secretario Administrativo Financiero e Irene Josefina Totula García Jefe de Contabilidad, fueron imputados por los presuntos delitos de Incumplimiento de Deberes y Conducta Antieconómica. De acuerdo a los antecedentes expuestos por el Ministerio Público, los imputados habrían cometido el ilícito con la compra de antígenos nasales con presunto sobreprecio. En fecha 28 de junio del 2021, por la emergencia sanitaria del COVID 19, habrían procedido a la compra directa de 500 antígenos nasales por un monto de Bs. 58.000 de la empresa Leso Analítico S.R.L., compra que presuntamente no contaba con presupuesto aprobado por el Consejo Municipal. Posteriormente se habría conocido que esta misma empresa proveedora, habría efectuado cotización para el municipio de Arque la misma cantidad de antígenos, pero por un monto de Bs. 225.000, existiendo una diferencia de Bs. 130.000 en relación a lo adquirido por el municipio el Colcapirhua. Estos extremos habrían determinado el inicio del proceso en contra de las autoridades del Municipio de Colcapirhua y por los que fueron aprehendidos este pasado 3 de febrero de 2022 por efectivos policiales a requerimiento del Ministerio Público. Estos argumentos expuestos y los elementos presentados en audiencia, determinaron que la autoridad jurisdiccional ordene la detención preventiva de José Gallinate en la cárcel de San Pablo de Quillacollo, de Iván Padilla en la cárcel de San Antonio y de Irene Totula en San Sebastián Mujeres, por el periodo de 6 meses. La presente resolución de acuerdo a procedimiento, puede ser apelada por los sujetos procesales en el plazo de 72 horas.



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