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MEDIDAS CAUTELARES PARA IMPUTADO DE NACIONALIDAD VENEZOLANA

  • Publicado el jueves, 17 de febrero de 2022
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En audiencia de medidas cautelares, el Juez de Instrucción cautelar 3ro, determinó otorgar medidas cautelares personales a Aiberson B. H. de 21 años de edad, de Nacionalidad Venezolana, imputado por el delito de Robo y Allanamiento de Domicilio, la denuncia fue realizada por la propietaria de en un inmueble de la ciudad de Cobija. El hecho; sucedió el 09 de febrero, cuando la victima llega a su domicilio, se percata la puerta violentada, sus cosas rebatidas, le habían sustraído una plancha, licuadora, batidora, ropa y otros..., al ver una persona sospechosa, va al módulo policial más cercano y vuelve con efectivos policiales quienes encuentran al sospechoso escondido detrás de un armario, con los objetos, por lo que se procedió a la aprehensión. En audiencia virtual de medidas cautelares llevada al efecto el Ministerio Publico presento varios elementos de convicción con los que demuestra la existencia del hecho y participación en el delito de Robo y Allanamiento de Domicilio, por lo que la autoridad judicial dispuso medidas cautelares personales tomando en cuenta que el delito imputado es de acción pública y la pena previsible para dicho delito es inferior a los 4 años en su máximo superior es decir no procede detención en el penal por lo que a pedido del Ministerio Público el Juez Tercero de Instrucción Cautelar, en aplicación del CPP, modificado por Ley1173 impuso como medidas cautelares personales 1) La prohibición de acercarse al domicilio de la víctima 2) Presentación de manera semanal ante el fiscal asignado al caso 3) La prohibición de salir del País, el arraigo nacional que debe ser cumplido dentro de 10 días, bajo conminatoria de su revocatoria.



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