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MAGISTRADO EXPONE SOBRE REFORMAS EN SISTEMA PROCESAL PENAL BOLIVIANO

  • Publicado el miércoles, 18 de mayo de 2022
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El Magistrado electo por Santa Cruz ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) del Estado Plurinacional de Bolivia, Msc. Olvis Egüez Oliva, fue uno de los principales exponentes del X Encuentro Internacional “Justicia y Derecho”, que se realiza del 18 al 20 de mayo en el Palacio de las Convenciones de la ciudad de La Habana, Cuba. La autoridad judicial boliviana, la tarde de este miércoles, expuso el tema “Derechos y Garantías en el Proceso Penal”, en el que explicó ampliamente las reformas cautelares llevadas a cabo en el sistema procesal penal boliviano. Egüez Identificó “dos momentos históricos” en la implementación de sistemas procesales penales en el tratamiento a la detención preventiva, como medida restrictiva a la libertad en Bolivia. “El primer momento está establecido con la aprobación del Código de Procedimiento Penal mediante Decreto Ley Nº 10426, en el año 1972, que significó un sistema inquisitivo y acusatorio, que provoca demasiada mora en el desarrollo del proceso principal, además de vulnerar algunos derechos fundamentales y garantías constitucionales”, precisó. El otro momento histórico se daría a partir del año 1999, cuando se promulga la ley 1970, el Nuevo Código Procesal Penal, puesto en vigencia en 2001, “Cuando se llegan a recoger ciertas garantías constitucionales que son aplicables al proceso penal, en la nueva Constitución Política del Estado del año 2009”, señaló Egüez, al mencionar avances como la prohibición de tortura, desaparición, confinamiento, coacción, exacción o cualquier forma de violencia física o moral, o el derecho a indemnización, reparación y resarcimiento de daños de las víctimas, entre otros. Posteriormente expuso el régimen de medidas cautelares del actual Código de Procedimiento Penal, donde la regla es a libertad y que debe girar en torno a los fines de carácter procesal, que son la averiguación de la verdad, el desarrollo del proceso y la aplicación de la ley. Al mismo tiempo, citó algunos casos de trascendencia internacional, donde se puede apreciar que “la prisión preventiva resulta la medida más severa para un imputado por un delito, de modo que su aplicación debe ser excepcional y se deben tener en cuenta los principios de legalidad, presunción de inocencia, necesidad y proporcionalidad, indispensables en una sociedad democrática”. Al finalizar, el Magistrado Egüez concluyó que se debe evitar el uso arbitrario y desmedido de las medidas cautelares. “Un adecuado sistema procesal penal, debe buscar un equilibrio entre la vigencia y respeto de derechos y garantías constitucionales con la investigación, juzgamiento y eventual imposición de una sanción a quienes acomoden su conducta al marco descriptivo penal”, concluyó. El X Encuentro Internacional “Justicia y Derecho” es organizado por el Tribunal Supremo Popular de la República de Cuba. De acuerdo con los organizadores, el evento se ha consolidado como un espacio científico-jurídico de gran prestigio en el ámbito nacional e internacional, con la participación de Presidentes y Magistrados de Cortes Supremas de Justicia, especialistas, académicos y catedráticos de diferentes latitudes.



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