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PENA MAXIMA PARA ADOLESCENTES INVOLUCRADOS EN ASESINATO

  • Publicado el martes, 20 de junio de 2023
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El Juzgado de la Niñez y Adolescencia No.1 en suplencia legal del juzgado de la niñez y adolescencia No. 2, del Tribunal Departamental de Justicia de Pando (TDJP), en audiencia semipresencial de medida cautelar previa valoración de toda la prueba documental y testifical ofrecida por el Ministerio Público, determinó seis años de privación de libertad para tres adolescentes de 14, 15 y 17 años de edad, involucrados en el caso de asesinato de Anderson G. M. de 19 años, perteneciente al pueblo indígena Yaminahua, y de tres años de privación de libertad para otro adolescente en grado de complicidad, quienes a través de sus defensas técnicas (Pública y privada) solicitaron someterse a la terminación anticipada, vale decir aceptando su participación en el hecho, deberán cumplir la Medida Socio Educativa (pena) en el Centro de Reintegración Social de Santa Cruz y Potosí. De la relación de los hechos; del informe el investigador a cargo, se tiene que; en fecha 18 de junio de 2023, a Hrs. 18:25 aproximadamente, personal de la policía atiende un caso y se constituye a la altura del puente de la amistad de la ciudad de Cobija, lugar donde evidencian la existencia de un cuerpo sin vida, de sexo masculino, acaecido por arma de fuego, y proceden al levantamiento legal del cadáver para realizar las respectivas investigaciones. Es así que de las investigaciones y elementos de convicción colectados por el Ministerio Público y la Policía, identificaron a los responsables del tiroteo y las causas del hecho de sangre, de acuerdo con las investigaciones, por el desfile identificativo realizado por testigo presencial principalmente. Resultado del trabajo investigativo se logró aprehender a varias personas, entre ellos cuatro adolescentes, de los cuales tres son mujeres y un varón, quienes fueron puestos a disposición de la autoridad judicial; quien, en audiencia semipresencial, ya que no se sabía dónde estaban detenidas las adolescentes mujeres, puesto que según informes no las permitieron ingresar al SEDEGES y tampoco al Centro de Reintegración Social de Villa Rojas, ambas dependientes de la Instancia Técnica Departamental, a razón de no contar con el personal ni la infraestructura para mujeres adolescentes, dado ese acontecimiento ellas pasaron la noche en celdas de la Fuerza Especial de Lucha de Lucha Contra la Violencia FELCV, por ese motivo se ordenó el traslado de las menores a ambientes del juzgado de la niñez y adolescencia para llevar a cabo la audiencia. De la pena: la autoridad judicial dió curso a la solicitud de imposición de la pena máximo por asesinato (30 años) y la máxima según la ley 548, que se atenúa a seis años para los adolescentes autores, puesto que se sometieron a la terminación anticipada del proceso, y de 15 años, atenuado a tres años, de la misma manera atenuante a la Ley 548, para uno de los adolescentes en grado de complicidad, y siendo que la Ley señala que a partir de tres años debe ser bajo régimen de internamiento y dada las circunstancias sobre la falta de infraestructura y de condiciones del Centro de Reintegración Social de Villa Rojas, las adolescentes mujeres deberán ser trasladadas a la ciudad de Santa Cruz, y el adolescente varón por el hacinamiento de adolescentes con responsabilidad penal de tipo similar, será trasladado a la ciudad de Potosí. Sin embargo, familiares y abogados anunciaron que apelaran esta determinación, ya que solicitan que se puedan cumplir la pena en la ciudad de Cobija, en merito ello, los cuatro adolescentes han sido trasladados al Centro de Reintegración Social de Villa Busch, mientras se realicen las gestiones de traslado y/o la apelación se formalice.



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